Se suele confundir el concepto de “fiador” o “aval” con Obligado Solidario, la diferencia entre los alcances que tiene cada uno de estos y además de la materia a la que pertenecen, por ejemplo, el “aval” es meramente mercantil, ósea que se utiliza para títulos de créditos como lo son pagarés, letras de cambio, cheques, etc.
Por su parte el “Obligado Solidario” pertenece a la rama del derecho Civil y si bien funge similar a un “aval” es totalmente diferente en cuanto a las obligaciones que este tiene.
¿Qué es un obligado solidario?
Se da cuando una persona “responde” por la obligación que tiene una persona deudora hacía otra persona u institución, de igual forma se puede dar que ambos respondan por la obligación hacía la persona que tiene el derecho.
Es una persona física o moral que en palabras más simples, se está comprometiendo a cumplir con la obligación en caso de que el deudor inicial no cumpla con lo pactado.
El Código Civil Federal en su artículo 1989 contempla el pago de los obligados solidarios de la siguiente forma:
Artículo 1989.- Cada uno de los acreedores o todos juntos pueden exigir de todos los deudores solidarios o de cualquiera de ellos, el pago total o parcial de la deuda. Si reclaman todo de uno de los deudores y resultaré insolvente, pueden reclamarlo de los demás o de cualquiera de ellos. Si hubiesen reclamado solo parte, o de otro modo hubiesen consentido en la división de la deuda, respecto de alguno o algunos de los deudores, podrán reclamar el todo de los demás obligados, con deducción de la parte del deudor o deudores libertados de la solidaridad.
Como bien lo dice el Código Civil Federal, se puede tener más de un obligado solidario y se le puede cobrar a todos los obligados solidarios por igual, si un solo obligado solidario cumple con la totalidad de la obligación o en su defecto deuda, todos quedan liberados de la obligación, inclusive el deudor principal.
¿Soy obligado solidario qué pasa si yo pago la deuda?
Si tus pagas la deuda, solo te libras de la responsabilidad pactada, y puedes exigir el pago correspondiente al deudor inicial, si existieran más obligados solidarios, también puedes solicitarles el pago a ellos, ya sea completo o proporcional a la deuda que tú pagaste.
¿Cómo me hago obligado solidario?
A comparación del “Aval” en los títulos de crédito, la mayoría de estos ya cuentan con el apartado de “aval” donde el futuro aval deberá de firmar para convertirse en este, sin embargo, como se trata de materia civil referente al obligado solidario se debe de establecer dentro del contrato celebrado que genere la obligación, por ejemplo, en un contrato de arrendamiento se establece una cláusula dónde se señala quien será el obligado solidario en caso de que el arrendatario incumpla con lo pactado en el contrato.
¿Es bueno ser obligado solidario?
Es recomendable solicitar un obligado solidario para “garantizar” que se realice el pago de lo pactado, de esta forma estarás un poco más seguro de que si el deudor iniciar no paga el obligado solidario lo hará por él. Sin embargo, no solo requiere de honestidad y confianza por parte del deudor inicial, es recomendable nunca ser un obligado solidario, puesto que tú serás el que respondas en caso de que esa persona no cumpla con lo pactado, ósea que tú pagaras por él y de igual forma estarás obligado por la ley para que se haga valer tu compromiso.
Lo mejor es no ser obligado solidario, no importa que tanta confianza, cariño y de cuanto tiempo conozcas a la persona.
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